sábado, 8 de diciembre de 2012

NUEVAS TASAS POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

Tras su publicación en el BOP del día 29 de noviembre, el pasado día 30 ha entrado en vigor la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de ayuda a domicilio del Ayuntamiento de Higuera de Vargas.
Tras su entrada en vigor de la nueva Ordenanza, y tras fijar la nueva Ley de presupuestos que los servicios que prestan los ayuntamientos tienen que ser sostenibles por si mismos en costes, se establece una tasa que va en función de los ingresos de la unidad familiar. Se pagará según el siguiente baremo:
  • Para ingresos por persona menores de 500 euros/mes: exento
  • Para ingresos entre 500,01 y 800 €: 2 euros/hora
  • Para ingresos entre 800,01 y 1000 €: 3 euros/hora
  • Para ingresos entre 1.000,01 y 1.200 €: 4 euros/hora
  • Para ingresos entre 1.200,01 y 1.500 €: 6 euros/hora.
Para aquellas unidades familiares que tengan unos ingresos mayores de 1.500 €/persona no se prestará el servicio. Se prestarán un mínimo de 2 horas y un máximo de 10 horas a la semana.
En casos excepcionales se podrán estudiar excepciones distintas a las que contempla la Norma. También estará exentas las familias que estén dentro del Programa de atención a familias
Los solicitantes deberán aportar la documentación necesaria o autorizar a que el Ayuntamiento la pueda recabar de las distintas administraciones. Las cuotas correspondientes se abonarán mensualmente.
La ordenanza también establece que el servicio se prestará en el propio domicilio del ciudadano y consistirá en diversas atenciones de carácter doméstico, social, de apoyo psicológico y rehabilitador, a las personas y a las familias que lo necesiten por no poder realizar sus actividades habituales, debido a situaciones de especial necesidad.

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